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Instituciones policiales rurales 1800 y 1927

La seguridad en los campos y caminos rurales fue uno de los problemas más importantes de los gobiernos durante el siglo XIX y parte del XX en nuestro país. En general, salvo por los Alcaldes de la Hermandad coloniales, no existió ninguna otra Institución que pudiera ejercer esta labor y, por lo tanto, los caminos estaban completamente desprotegidos. Esto generaba un grave problema porque, el Chile decimonónico tenía como una de sus principales características la existencia de una sociedad fundamentalmente rural, volcada a las actividades mineras y agrícolas. Sin embargo, a pesar de esta realidad, no hubo una policía rural formal hasta la década de 1880. En tanto, políticos como Antonio Varas plantearon en 1860 la necesidad de contar con una, dados los acontecimientos ocurridos en la Guerra Civil que enfrentó al país en 1859, sin embargo, no existían fondos para solventarla.

A pesar de los esfuerzos aislados del Estado por regular la situación, los únicos que mantenían cierta vigilancia por los caminos públicos, pero sobre todo en la protección de los campos eran los inquilinos de las haciendas, cuya función era precisamente su resguardo, en los márgenes de los campos de los hacendados.

Celadores de policía y policías rurales
La primera Policía Rural se instauró en Chile el 16 de mayo de 1823, aunque era más bien una especie de Juez de Policía Rural, encargado de la baja policía: velar por el cuidado de los puentes, de los caminos públicos, de los cursos de las acequias, de la desecación o curso de las aguas estancadas e insalubres y de una serie de obras públicas construidas fuera de la población y sus suburbios, pero nada que guardara relación con el orden público.

La organización de las Guardias Nacionales por Diego Portales, llevaron a que los campos fueran resguardados por los Celadores de Policía. Éstos eran vecinos que se comprometían a realizar turnos policiales, a fin de no cumplir con la obligación de inscribirse en la Guardia Nacional. No obstante, esta situación acarreaba falta de preparación, lo que sumado a la carencia de recursos como armamento y caballos daba como resultado que varios terminaran muertos o heridos en enfrentamientos con delincuentes mejor preparados.

No será hasta la década de 1880 cuando se realicen los primeros esfuerzos reales y concretos por organizar una policía rural, motivados fundamentalmente por dos factores: la crisis económica que azotó a Chile durante década de 1870 que provocó un aumento del bandolerismo, fundamentalmente en la zona de Colchagua y Maule, junto al retorno de parte importante de los batallones movilizados para la Guerra del Pacífico, situación que dejó sin ocupación a gran parte de los exsoldados.

El 16 de diciembre de 1881 se aprobó una Ley que creó a la Policía Rural, dependiente de los Gobernadores de los Departamentos rurales del país, obteniendo a través de ésta los recursos económicos para sostenerla por medio de una contribución especial a los vecinos. Los mayores colaboradores formaban la Junta Departamental de Vigilancia que debía administrar los presupuestos, los cuales tenían un crecimiento limitado.

En tanto, todo falló en este experimento, desde los recursos económicos al personal, que debía mantener sus propios caballos. La municipalidad de Santiago, por ejemplo, quedó sin policía para sus zonas rurales en 1888, producto de una rebaja impositiva que no permitió sustentarla, por lo que se volvió a dejar sin protección campos y caminos.

Cuerpo de Gendarmes para las Colonias
Prácticamente las mismas razones que motivaron la creación de la Policía Rural, inspiraron en 1896 el nacimiento de una unidad dependiente del Ministerio de Relaciones Exteriores, Culto y Colonización denominada Cuerpo de Gendarmes para las Colonias, el que solo operaba en el área geográfica denominada por el Estado “territorio de colonización”, la que se extendía desde Arauco a Chiloé.

Para su organización se solicitó al Capitán Hernán Trizano Avezzana, de dotación del Regimiento Húsares de Angol, quien había desempeñado funciones como director de policía en diversas localidades de la zona. Trizano dividió el Cuerpo en tres grupos asignando uno a cada sector delimitado: Arauco-Malleco, Cautín-Valdivia y Llanquihue-Chiloé. El jefe del Cuerpo era nombrado exclusivamente por el Presidente de la República y dependían directamente de los intendentes de las provincias.

Los Gendarmes para las Colonias estaban destinados a proteger exclusivamente a las colonias asentadas en el territorio antes dicho. Además, se les encargaba realizar reparaciones de caminos y puentes cuando fuera necesario, además de llevar a los delincuentes ante la Justicia. Cabe destacar que los Gendarmes para de las Colonias empleaban material dado de baja del Ejército, por ejemplo: uniformes, caballos y armamento, en tanto, su remuneración era significativamente menor.

Tras varias reorganizaciones pasaron a depender del Ministerio del Interior y se unificaron como cuerpo. La falta de recursos para desempeñar su labor llevó al gobierno de Pedro Montt a incorporarlos al Cuerpo de Carabineros, a partir del 1 de mayo de 1907.

Escuadrones de Caballería y Regimiento Gendarmes del Ejército
Las dificultades en materia de seguridad que afectaban a los campos chilenos, a finales del siglo XIX y principios del siglo XX se extendían también a la pampa salitrera, donde se veían aumentados por el descontento existente por las condiciones laborales en que trabajaban los obreros, situación que en general se conoce como “cuestión social”. Normalmente, el encargado de controlar el orden público en situaciones de este tipo y ante la inexistencia de una policía rural organizada era el Ejército o la Armada. Los mandos castrenses no se encontraban de acuerdo con la situación y la representaban continuamente a sus superiores, porque desarticulaban la disciplina.

Generalmente, las labores de represión del bandidaje se encomendaban a unidades de Caballería que se encontraban distribuidas en diferentes territorios. El General Emilio Körner solicitó terminar con esa disgregación lo que tuvo como consecuencia la emanación del Decreto Supremo N° 957 del 24 de mayo de 1902 que pone a disposición del Ministerio del Interior un escuadrón de cada regimiento de caballería del Ejército, para las labores de control del orden público.

Al año siguiente, estos escuadrones sueltos pasaron a denominarse gendarmes y se organizaron bajo un mando único, pero con doble dependencia. Según el Decreto Supremo N° 66 de 27 de enero de 1904 lo hacía del: “Ministerio de Guerra en cuanto a su organización, disciplina y abastecimiento; y del Ministerio del Interior en cuanto a su movilización y distribución en el territorio de la República”, además del rancho, forraje, viáticos y gratificaciones.

Sin dejar consignada razón alguna, el 5 de febrero de 1906 el Regimiento Gendarmes cambió su denominación a Regimiento de Carabineros, mediante Decreto Supremo N° 113, desde aquí en adelante el término Carabinero comenzó a asociarse al control del orden en las zonas rurales. Finalmente, el 23 de enero de 1907 por Decreto Supremo N° 255 se promulgó el Reglamento Orgánico para el Servicio del Regimiento de Carabineros, documento en el cual se habla indistintamente de Cuerpo o Regimiento, para referirse a esta unidad militar.